Vamos a aclarar qué parte de la herencia corresponde a los hijos en España

En general, la parte de la herencia que corresponde a los hijos, la ley Española establece que tienen derecho a heredar una parte igual de la herencia de sus padres.

Esto significa que si hay dos hijos, cada uno de ellos tendría derecho a recibir la mitad de la herencia, si hay tres hijos, cada uno tendría derecho a recibir un tercio de la herencia, y así sucesivamente.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta es una regla general y que puede variar en algunos detalles según la legislación de cada Comunidad Autónoma.

¿Qué tener en cuenta respecto a la parte de la herencia corresponde a los hijos?

Además, el fallecido puede haber establecido disposiciones testamentarias que modifiquen esta repartición.

¿ Qué es la Legítima Obligatoria en las herencias?

La legítima obligatoria es una parte de la herencia que los hijos y descendientes tienen derecho a recibir obligatoriamente.

Independientemente de lo que haya dispuesto el fallecido en su testamento.

En general, la ley establece que la legítima obligatoria de los hijos y descendientes son las dos terceras partes (2/3) del haber hereditario de sus padres.

Esto significa que los hijos y descendientes tienen derecho a recibir el 2/3 de la herencia. Y el 1/3 restante puede ser dispuesto libremente por el fallecido en su testamento.

No obstante, dentro del 1/3 de la herencia que el fallecido puede disponer libremente en su testamento.

Existe la posibilidad de aplicar una parte como «mejora» a uno o varios hijos o descendientes.

Esta parte se conoce como el «tercio de mejora», y en general corresponde a un tercio (1/3) del 1/3 restante de la herencia que puede ser dispuesto libremente.

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